miércoles, 18 de septiembre de 2013
EL HÁBITO
La "propiedad horizontal"-
¡fué prohibida por nuestro Codificador Dr. Dalmacio Velez Sarsfield-en el Art. 2.617..!!
Y ello se debió a que el "inodoro moderno"-tal como lo conocemos-tuvo su nacimiento recién en 1907-
No era posible la vivienda horizontal-sin la "invención del inodoro"-¡era impensable...!!
¡los habitantes del edificio hubieran podido infectarse y los olores no hubieran hecho posible la vida..!!
Una vez inventado el inodoro-¡comienzan a levantarse por doquier edificios horizontalmente..!!
Pero¡el dueño del edificio era el "propietario de cada departamento"-y por ello se decía Casa de Renta!!
¡se construía para obtener una renta..!!
En Argentina-la Propiedad Horizontal-recién nació en 1948 en virtud a la Ley 13512-
Pero quiero dejar aclarado-que el artículo 2617 prohibe-por "motivaciones ecológicas"-
Y -"no guarda relación alguna con "el derecho de superficie"- limitado a 5 años por el artículo 2614"-
Se trata de eliminar-con el artículo 2614-" todo vestigio de señorío feudal"-
Y lo he querido aclarar- dado que vulgarmente se confunde la figura jurídica del derecho de superficie con
"la propiedad horizontal"-
Retomando el Tema "Hábito"-diremos que el fenómeno-producido a partir de 1939 en La Nacion
Argentina(ver en tal sentido- la Obra de Josefina Pasadori Geografía Económica 1938-1939)
Fenómeno "urbanistico mundial"-la gente emigra a las urbes y abandona el trabajo en el campo-
Nace así una necesidad habitacional en gran escala"todavía no resuelta"-
Pero-atento a la necesidad producida...¡se aplica un remedio jurídico..!!¡La Propiedad Horizontal!!
Ver en dicho sentido-lo expresado por Alfredo L. Palacios,en su Obra "La Justicia Social"-
Nos dice éste ilustre argentino....."el derecho va a la saga de los hechos..."-
Jamás-podría el derecho ir delante de los hechos-
¡primero se inventa el avión y luego nace el derecho aeronáutico!!
Pero volviendo al nudo de la conversación-¡el hábito..!!Veremos que surge un cálculo ó división muy simple-
Un terreno que en pleno centro porteño tiene un valor de mercado -aproximado en la actualidad de
Dolares USA 600.000-
Y por ende carece de sentido, que se lo destine a construir una casa-por ser "altamente costoso"-
Es adquirido comunmente, a los efectos de construir Departamentos en Propiedad Horizontal
Y así-por mas que él terreno cueste 600.000-Dolares USA-construyendo 30 Unidades Habitacionales-
¡el valor del terreno "dividido"- para cada Departamento será de 20.000-Dolares USA-!!
¡se convierte "en económico"- "y por ende accesible a cualquier persona que precisa una casa habitación"-
Dado lo cual-hoy día-es muy "habitual"- comprar un departamento en el "centro de la ciudad"¡para vivir!!
Pues la gente vive cercana al lugar de trabajo y ¡lo que gasta en expensas lo ahorra en viaje..!!¡en tiempo!!
Amen¡de la seguridad..que..síempre..es mayor en un Departamento!!
Pero nada es gracioso-¡recordemos..!!...¡no hay suma sin resta ...ni blanco sin negro..!!
Dado lo cual-lo que se gana por un lado se perderá inexorablemente por el otro-
Es un sistema de "partida doble"-¡la vida!!- ó- sí lo prefieren de... ¡vasos comunicantes!!
Lo que se gana por un lado se pierde por el otro-Ello-por -"el principio de pares opuestos"-
-"no hay blanco sin negro- ni justicia sin injusticia"-
Si-"entran muebles" "por $1000 en el debe"- "saldrán inexorablemente del haber-por Caja- $1000"-
La gente se fue "habituando a vivir en departamentos"-ya sea en propiedad ó en alquiler-
Pero...¡sin el "hecho antecedente...invención del inodoro en 1907"...no se viviría en Departamentos...!!
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