lunes, 23 de septiembre de 2013
La Soberanía del Hombre
"los hombres libres se inclinan ante las leyes para no tener que postrarse ante los tiranos"-
¡nos decían los constituyentes de 1853!!
Y así los habitantes de La Nación Argentina-se colocaban a la vanguardia de los derechos del hombre-
El artículo 18 del texto constitucional nos decía"..el domicilio es inviolable al igual que la correspondencia
epistolar y los papeles privados.."Ver La Obra del Dr. Atilio R. Iglesias-La Constitución Argentina-Edición
de 1934"-Nos dice este autor -que todos los tratadistas citan la famosa frase de Lord CHattan, como
expresión del Poder Soberano que el hombre tiene dentro de su propia morada-decía Lord CHattan"la
casa del hombre es su fortaleza, no porque la defienda un foso ó una muralla,pues bien puede ser una
cabaña de paja: el viento puede ruir alrededor y la lluvia puede penetrar en ella, pero el Rey no"-
El hombre era entonces "Un Soberano", respetado por el otro Soberano que llamamos Estado-
"la correspondencia epistolar y los papeles privados son inviolables"(art.18 C:N)-Y el Código Penal de
1922-. en su Capitulo "Violación de Secretos",reprimía con penas de prisión y multa¡toda invasión a la
privacidad de los secretos..!!amen de haber reprimido con prisión la vulneración de la Soberanía sobre la
Morada-
La Soberania del Hombre estaba en su privacidad: cartas,papeles privados,telegrafía,telefonía..."ó de otra
naturaleza"...- nos dice el art.153 del Vigente Código Penal Argentino-
Pero en mi opinión-lo mas importante a nivel Soberanía del Hombre-lo garantiza el art. 156 del Cód.Penal
"el que teniendo noticia,por razón de su estado, oficio,empleo,profesión ó arte, de un secreto cuya
divulgación puede causar daño,lo revelara sin justa causa"-
Y sólo hay una justa causa "el peligro", art.108 del Cód. Penal"..el que encontrando perdido ó
desamparado a un menor de 10 años ó a una persona herida ó inválida ó amenazada de un peligro
cualquiera,omitiere prestarle el auxilio necesario cuando pudiere hacerlo sin riesgo personal ó no diere aviso
inmediatamente a la autoridad"-En buen romance-¡si yo voy conversando por la calle con otra persona-diga
lo que diga-nadie podrá inmiscuirse!!Pués sería un avasallamiento-Recordemos que yo como Hombre
Soy el Soberano...!! y "el Vasallo"..¡el que se avasalla...!! ¡no puede ir en contra de Un Señor que tiene
Derecho de Señorío "-atento lo establecido por el artículo 19 de la C.N" las acciones privadas de los
hombres..."-Salvo que yo en la conversación privada "manifieste que voy a cometer un acto peligroso para
mi prójimo", allí sí el art 108 del Cód Penal obliga a prestar auxilio-pero si corre riesgo su persona, le basta
con dar aviso a la autoridad..¡aviso que no guarda relación alguna con la denuncia!!Pero mientras no exista
peligro al decir de Domingo Faustino Sarmiento..¡las ideas no se matan....!!Hegel..¡lo último que queda del
hombre son sus ideas!!y todo esto-sin contar los Derechos Humanos garantizados por nuestra vigente
Constitución¡de conformidad con los Tratados Internacionales!!
Y pensar que esto comienza en 1215 con La Carta Magna Inglesa-Luego se reafirmaría con la
Independencia de USA y con La Revolución Francesa el 14 de Julio de 1789-La Constitución Argentina
de 1853/1860(con la incorporación del Estado Soberano de Buenos Aires)-Nos dice el art. 14 de la
C.N"..entrar,permanecer,transitar y salir del territorio argentino"-Dado lo cual-finiquitaba toda servidumbre"
y el art. 15 de la C.N..."..los esclavos que de cualquier modo se introduzcan, quedan libres por el sólo
hecho de pisar el territorio de La República"-En tal sentido nos dice el Dr. Atilio R. Iglesias en su Obra ya
citada La Constitución Argentina-edición de 1934-página 125-en que cita al Diccionario Enciclopédico
refiriendose a la esclavitud "nació casi al mismo tiempo en que La Humanidad daba el primer paso hacia la
civilización,cuando nació en ella la idea de La Propiedad Privada y las tribus nomades pasaron al estado de
sedentario"-
Es decir-siguiendo al autor citado-el descubrimiento de la agricultura¡da libertad!!..Pero tiene como efecto
colateral ¡la esclavitud..!!-
Por lo tanto -un descubrimiento ó invento hace nacer la esclavitud-esto es-¡el descubrimiento de la
agricultura..!!Pero en mi opinión-¡sí los hombres han tomado en cautiverio mujeres!!Por el Coto de
Caza-¡dicho Coto de Caza era ya un derecho de Propiedad Privada-ó de Soberanía ó Derecho de
Señorío!!
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