viernes, 20 de septiembre de 2013

REMEDIOS JURIDICOS


                        

El mundo vivió sin mas invenciones- que el “molino hidráulico”- desde la época del Imperio Romano -

hasta La Edad Moderna-ver El Capital de Marx- en que aparece “la pólvora- imprenta-brújula 

y el reloj a cuerdas”-

¿que hizo el hombre para liberarse de la esclavitud??

¿como surgió un hombre libre que llega a La CHina como Marco Polo..??


Señalémos-que con la caída-del Imperio Romano de Occidente-a los Jefes Bárbaros –se les pagó-

como Botín de Guerra ¡Territorios...!! ¡esas tierras- serán a posteriori los denominados Feudos..!!
 
Asimismo es importante destacar-que en Roma-no era “digno”- ejercer el comercio ó la industria-

La industria y comercio-la ejercían los hebreos-¡los cuales ejercían su actividad-en la vía pública..!!

¡por ello- que se les denominó “senda”...!!

Los hebreos ó senda-no podían vivir en Roma-pues no eran ciudadanos-

Por ello vivían fuera de los límites de Roma-“post liminium”-fuera de los limites-

¡habitaban en lo que se denominó gueto..!!

Lo “digno”, para un romano era ser un jurista ó militar ó político-

El comercio era indigno-¡no podía un ciudano romano ejercerlo!!-

El esclavo liberado por el patrón- ó sea-manumitido se convertía en liberto-

Fue muy común que los amos liberaran esclavos para ganar plata u oro-

¡ merced al oficio ó comercio del liberto!!

Sí se producía un pleito entre un ciudadano y un liberto-el patrón lo defendía jurídicamente-

era su cliens-“cliente”-ejercia el derecho de patronato ó patrocinio-

El ciudano romano-no puede cobrar estipendio por sus servicios ¡es un honor el servicio público!!.

De allí la palabra “honorarios”-

Su honor de ciudano es dar su vida por la patria ó pago-

Sólo percibirá el denominado “peculium profecticium”-por haber sido un militar en la guerra-
 
En  el agro los “Colonos” tenían un status intermedio entre el hombre libre y el esclavo-

La Institución del Colono-es tomada a la caída del Imperio Romano-por los Jefes Barbaros-

Y nacen así “los siervos de la gleba" similes a los "colonos romanos”-

La tierra romana era el “recurso financiero” fundamental del Fiscus-

"el cual lo daba en “enfiteusis ó derecho de superficie”-a un enfitéuta ó superficiario a cambio de un canon"-

Esto es retomado por Los Godos-Visigodos y Ostrogodos-

Y dado que al General Barbaro- se le pagó su botín en tierra-se convierte dicho Territorio en Un Señorio-

"derecho de señorío"- "el canon lo paga Un Vasallo al Señor Feudal!!

El Vasallo es un noble inferior-que vive de lo producido por los siervos de la gleba-antiguos colonos-

Los siervos de la gleba-perciben por sus servicios un "vale" que deben canjear en la proveeduría del 

patrón-Vasallo-que ejerce su "derecho de señorío"-“Signorie”-

El Señor Feudal habita un Castillo en el cual vive La Corte –¡Los Cortesanos!!-

Alrededor de dicho Castillo hay Un Foso profundo cubierto por agua-que sirve de muralla de contención-

El espacio que separa El Castillo del Foso-

¡se denomina burgo y es habitado por burgueses-artesanos ó comerciantes-!!

¡hombres libres que perciben por su labor plata u oro..!!

Tienen libertad –para entrar ó salir del burgo-¡a diferencia del siervo de la gleba que no puede abandonarla!!

La renta del feudo la forman-amen del derecho de superficie ó enfitéutico-los denominados-

¡derechos de tránsito ó peaje...!!

Los burgueses van de un burgo a otro-por mas lejano que sea-

Su oro ó plata –lo dejan en “caución” en un “dominio ó fondo fiduciario” a cargo de un fideicomisario-

¡figura jurídica que ya estaba prevista en el derecho romano..!!

Como comprobante del Depósito Fiduciario se les da un Billete ó Vale ó Pagaré-

Demás ésta decir-que dicho billete dirá “páguese al portador y a la vista”-

El portador del billete... "se puede llevar la cantidad de oro ó plata en gramos"-

¡que figura escrito-en el mismo!!

Por lo tanto"el fideicomiso deberá tener en todo momento"-

-"la cantidad de oro ó plata depositada en un 100%"-

Al Portador del Billete y a la Vista del Fideicomisario-se efectiviza el pago-

Pero muchas veces-no se quiere hacer un viaje de comercio-con efectivo-no se quieren correr riesgos-

y así -nace- la famosa "Letra de Cambio"-antecedente del cheque-

Marco Polo-en China puede efectuar un negocio jurídico-sin dinero alguno-

Y acudir a la- “letra de cambio”-


En Venecia tiene en un  fideicomiso oro ó plata-

Por lo tanto entrega la letra a un comerciante Chino ó de otra nacionalidad-

¡para que al ir a Venecia-efectivice el pago en oro ó en plata..!!

¡de la cantidad establecida en la “letra de cambio”-

Así-el librador de la letra de cambio será Marco Polo-

¡el  beneficiario-será el tomador de dicha letra..!!

Y el girado será ¡el fondo fiduciario representado por el fideicomisario!!   

2 comentarios:

  1. La verdad es que estos temas sobre los que escribís no me entretienen (lo digo con todo respeto) sobretodo porque son temas que tienen que ver con historia del derecho (de lo cual se poco y nada) pero si te sirve como aporte, se dice que Los Caballeros Templarios (la más famosa orden militar cristiana) fueron quienes inventaron la letra de cambio y el primer sistema bancario de inversión y préstamos, inclusive fueron depositarios de los papas y reyes de la época. Si te interesa investiga, un saludo

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  2. Gracias- ¡por leer lo publicado en el blog..!!Pero creo-que no he sido claro, en referencia, a la idea que me había propuesto-Jorge

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